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CASOS DE VIOLACIÓN A LOS DERECHOS TERRITORIALES - 09/08/04

Provincia de Jujuy

Comunidades Kolla Rachaite, Pucara y Tumbaya Estas comunidades indígenas no han sido indemnizadas por los daños ocasionados en su territorio por el paso del Gasoducto Norandino o el Jama, no fueron beneficiadas con la posibilidad de acceder al servicio de gas y no fueron informadas sobre el destino de los recursos que las empresas transportadoras abonaron a la Provincia. 

Comunidad de Liviara En el año 2002 la Provincia de Jujuy otorga en concesión, la explotación de oro en el Río Orosmayo, dentro del territorio de la Comunidad, a la empresa Luis Losi S.A. y César Daniel sin su consentimiento. El lavado de oro se realiza con cianuro sin ningún tratamiento y es vertido en las aguas del Río Orosmayo, de donde se alimenta la Comunidad. La Comunidad solicitó a la Provincia detener la explotación minera por las graves consecuencias provocadas por la contaminación ambiental pero la Provincia adujo que la actividad minera creaba puestos de trabajo para la región y que, por razones de desarrollo económico, la provincia no rescindirá el contrato de concesión de la explotación minera. La Comunidad de Liviara intentó interponer ante la justicia provincial un recurso de amparo para detener la explotación minera, pero la presentación no fue recepcionada porque la Comunidad Indígena carecía de personería jurídica. Por esta razón, esta acción fue reiterada recién en el año 2004, cuando obtuvo la personería jurídica, a dos años de iniciada la explotación minera, con el territorio totalmente devastado y el río Orosmayo totalmente contaminado.

En estos momentos existen más de 120 solicitudes de aprobación de concesiones mineras que se llevarán a cabo en el territorio de Comunidades Indígenas, de las cuales acaba de aprobarse otra concesión de otra explotación minera sobre el territorio de la Comunidad Oratorio.

Comunidades Aborigenes del Paso de Jama En la Provincia de Jujuy se ha construido una ruta que impacta sobre comunidades que habitan en la región, en forma inconsulta con las comunidades. Además, la Provincia de Jujuy ha donado parte de estas tierras al Estado Nacional para que construya un complejo aduanero también en forma inconsulta.

Comunidades Indígenas ubicadas en la Quebrada de Humahuaca- Declaración de Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO Se trata de Comunidades Indígenas cuyo territorio fue declarado Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO. Es indudable que los actores principales en todo este proceso de declaración, debieron ser las Comunidades Indígenas sin embargo no fue así. En el marco de la Declaración se ha creado una Comisión de Sitio, conformada por diferentes sectores de la sociedad, quienes tendrán facultades para decidir sobre la administración del área, territorio de las Comunidades. En definitiva: terceros a las Comunidades Indígenas están decidiendo sobre la utilización del territorio indígena con fines turísticos, sin que las Comunidades tengan una participación plena y efectiva en todo este proceso.

Comunidad Tinkunaku, Finca Santiago, Iruya, Cáspala entre otras (Provincias de Salta y Jujuy). La Declaración por la UNESCO de Reserva de la Biosfera de las Yungas. Se trata de Comunidades Indígenas cuyo territorio fue declarado Reserva de la Biosfera por la UNESCO de las "Yungas" sin su consentimiento. Fue declarada en 2001, en virtud de ello se creó el Comité de Gestión de la Reserva sin participación plena y efectiva de las Comunidades Indígenas ante mencionadas. El Comité de Gestión constituido por empresarios, organizaciones medioambientales, gobierno de la Pcia. de Jujuy y Salta, están tomando decisiones sobre el territorio de las Comunidades Indígenas involucradas en el área.

Provincia de Salta

Asociación de Comunidades Aborígenes Lhaka Honhat Pese a encontrarse en proceso de solución amistosa, ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para obtener la titulación de las tierras que ocupan ancestralmente, sufren la destrucción de sus recursos naturales a través de la tala de monte, la extracción de madera y el tendido de alambrados, por terceros ajenos a las Comunidades, sin que el Estado adopte medidas efectivas para evitarlo. En este caso, además, el Gobierno de Salta se muestra renuente a reconocer y efectivizar la entrega de sus tierras bajo un título de propiedad comunitario. Actualmente, pese a la existencia de un Grupo de Trabajo, integrado por representantes de los indígenas y criollos que habitan en la zona y autoridades del Gobierno Nacional y Provincial, que trabaja para realizar una propuesta de distribución de las tierras, el Gobierno de la Provincia de Salta ha enviado ingenieros, para realizar mensuras y amojonamientos, con la finalidad de efectivizar entregas individuales de tierras. Cabe destacar que el reclamo de esta comunidad data del año 1991 y que hasta la fecha sus derechos no han sido materializados. Asimismo, ya en dicho año el Gobierno de Salta se había comprometido, mediante decreto 2609, a entregar una superficie sin subdivisiones y mediante título único de propiedad.

Comunidadades Kolla Tinkunaku de San Andrés, Río Blanquito, Los Naranjos y Angosto del Paraná En el año 1949 fue la primera vez en que fue = reconocido el=20 derecho estas comunidades a trav=E9s de la sanci=F3n de una ley de = expropiación provincial sobre la tierra de Finca San Andrés, cuyo título de propiedad estaba en manos del Ingenio San Martín. Posteriormente, en 1986, mediante decreto provincial 2845, se donó una fracción de las tierras altas a favor de las Comunidades, pero la titularización no se efectuó. En 1993 tras una prolongada movilización en Buenos Aires, las comunidades de San Andrés, Río Blanquito, Los Naranjos y Angosto de Paraná, lograron la aprobación de la ley nacional 24242 de expropiación parcial de las tierras, sobre otra fracción de su territorio, también de propiedad del Ingenio San Martín. Contra ello, el Ingenio inició acciones judiciales contra el Estado Nacional. A fines de 1996 el Ingenio San Martín y refinería El Tabacal-Seabort Corporation desconoce el decreto de donación 2845/86 y declaran que la Comunidad está usurpando las tierras altas e inician acciones judiciales para revocar la donación. A partir de entonces las comunidades sufren amenazas constantes y persecuciones y hasta la fecha no se ha resuelto el problema ateniente a la propiedad de las tierras. A esta situación de inestabilidad en cuanto a sus tierras, se suma el hecho de que, en 1999, se construye el paso del gasoducto Nor Andino que transporta gas a Chile. El trazado aprobado afecta casas, zonas de cultivo y pastoreo y el cementerio de las familias Kolla. Si bien en un comienzo mediante una medida cautelar se logró paralizar las obras, posteriormente la prohibición fue levantada y se permitió su continuación. Posteriormente, el trazado del gasoducto fue modificado pero no como lo solicitaba la Comunidad y muchos de los daños que se produjeron son irreparables. Ante esta situación, los miembros de la organización Tinkunaku fueron obligados a aceptar una indemnización por los daños, pero no se implementó ninguna medida para reparar los daños ambientales ocasionados y los que se ocasionarán en el futuro.

Actualmente, el Gobierno ha autorizado la realización del Proyecto "Corredor Ecológico del Alto Bermejo" con Coordinación de la Fundación Proyungas, éste proyecto se desarrollará en el territorio de éstas Comunidades sin consentimiento informado previo.

Comunidad Wich=ED Hoktek T'oi Sufre por la = devastaci=F3n=20 irracional del monte emprendida por un particular que compr=F3 las = tierras con la=20 comunidad adentro de ellas. Si bien existe una resoluci=F3n de la Corte = Suprema de=20 Justicia de la Naci=F3n y una ley de expropiaci=F3n nacional, la = titulaci=F3n todav=EDa=20 no ha sido efectuada. Actualmente, la comunidad present=F3 un amparo por = mora de=20 la Administraci=F3n con el fin de que no se frustre la expropiaci=F3n. = (Cfr. Datos=20 aportados por la Comisi=F3n de Juristas Ind=EDgenas).

Comunidad Wichi Eben Ezer habita en el Chaco Salte=F1o desde = tiempos=20 inmemoriales ha sido condenada por el Gobierno de la Provincia de Salta = al=20 destierro, a cambiar sus forma de vida tradicionales y a la p=E9rdida de = sus=20 recursos naturales, los cuales constituyen su fuente de alimentaci=F3n y = supervivencia, ya que el Gobierno de la Provincia vendi=F3 la reserva = natural del=20 Departamento de Anta en donde habita esta comunidad a un particular para = el=20 cultivo de soja. La Legislatura de la Provincia aprob=F3 la = desafectaci=F3n de la=20 reserva General Pizarro en el mes de marzo de 2004 y el 24 de junio se = concret=F3=20 la subasta.

Comunidad Ava Guaran=ED El Tabacal. A principios del mes de = septiembre del=20 2003 las familias de esta comunidad decidieron recuperar sus tierras = conocidas=20 como La Loma de donde hab=EDan sido desplazados por el Ingenio San = Mart=EDn. Poco=20 despu=E9s, el 16 de Septiembre, fueron desalojados mediante una brutal = represi=F3n=20 policial, sin orden judicial escrita, como consecuencia de una denuncia = por=20 usurpaci=F3n realizada por el Ingenio San Mart=EDn, hoy en manos de la = multinacional=20 Seabord Corporation. Se llevaron ni=F1os detenidos y muchas personas = permanecieron=20 presas durante una semana. Las 5000 hect=E1reas, reclamadas como propias = al=20 Ingenio, eran habitadas por los Av=E1 Guaran=ED desde tiempos = inmemoriales. A partir=20 de la d=E9cada del 40, por acci=F3n del Ingenio, comenzaron a ser = desplazados=20 compulsivamente. A=FAn as=ED, los pobladores originarios, instalados en = la vecina=20 localidad Hip=F3lito Irigoyen, continuaron haciendo uso de las tierras, = tanto para=20 la caza y la recolecci=F3n de le=F1a como para visitar a los antepasados = que=20 descansan en el cementerio all=ED ubicado. En una situaci=F3n similar a = la aqu=ED=20 descripta se encuentra la Comunidad R=EDo Blanco.

Comunidad Kolla Guaran=ED del Paraje R=EDo Blanco Banda Norte del = departamento de Or=E1n, fueron desalojadas treinta familias con ancianos = y ni=F1os,=20 desde el 2 al 5 de marzo de 2004, causando la p=E9rdida de la cosecha, = la=20 destrucci=F3n de los hogares, agresiones y amenazas a los pobladores. La = empresa=20 Higamar adem=E1s se apropio de los animales y de todas las pertenencias = de esta=20 comunidad.

Comunidad Tup=ED Guaran=ED del Paraje R=EDo Blanco Banda Sur, = departamento de=20 Or=E1n, fue desalojada con topadoras destruyendo todos los sembrados, = quemando las=20 casas, volteando toda la producci=F3n de la tierra. La comunidad se = defendi=F3 ante=20 estos atropellos realizando un escudo humano, en esas condiciones = todav=EDa=20 resisten desde el mes de Octubre de 2003. El 5 de Julio del corriente = a=F1o el=20 Ingenio San Martin del Tabacal (azucar chango) ha realizado un operativo = cerrojo=20 con docenas de guardias de "search" (vigilancia privada) abriendo paso a = las=20 topadoras que limpiaban el camino arrasando los cultivos. Los guardias,=20 golpearon a los hermanos que hac=EDan una muralla humana para impedir lo = que fue=20 imposible. La polic=EDa libero la zona para que los guardias actuaran = impunemente,=20 golpeando salvajemente a ancianos, mujeres y ni=F1os. los mismos = guardias, al=20 mando de Marcelo Romero, pisotearon y quemaron la bandera Argentina al = tiempo=20 que gritaban "bolivianos indocumentados"... despu=E9s, ellos mismos = radicaron la=20 denuncia policial y los polic=EDas regresaron a apresar a siete = hermanos, sin=20 ninguna orden escrita, todos golpeados y con graves lesiones. Benjam=EDn = Flores=20 (quien denuncio a Jakulica por intento de asesinato a un menor) es el = mas=20 golpeado, y se encuentra internado en el hospital "San Vicente de Paul" = (Oran)=20 con graves lesiones, hematomas y golpes internos.

Organizaci=F3n Zlaqatahyi (Uni=F3n Wich=ED del Itiyuro- = Comunidades de Lapacho=20 Mocho, Tonono y Pacar=E1), Departamento San Mart=EDn, se oponen a la = depredaci=F3n de=20 los recursos naturales, la biodiversidad y el equilibrio ecol=F3gico de = su=20 territorio ancestral. Reclama que se frene la deforestaci=F3n del = corredor, que=20 habitan las tres comunidades mencionadas, situado entre el Gasoducto = sobre Ruta=20 86 hasta el Lote fiscal 4, de la Ciudad de Tartagal.

Comunidad Wich=ED Misi=F3n Tolaba de General Mosconi, denuncia = que hace 18=20 a=F1os iniciaron un juicio de posesi=F3n veinte=F1al y desde julio del = 2001 est=E1 a=20 disposici=F3n del Juez (Dr. Nelson Aramayo). Durante estos a=F1os = sufrieron todo=20 tipo de atropellos: irregularidades en la certificaci=F3n de las = pruebas, intentar=20 confundirlos en el vencimiento de los plazos, el juez en contra aunque = estaba=20 inhibido en la causa, etc.

Consejo de Organizaciones Ind=EDgenas de Salta junto con el = Consejo de=20 Ancianos de Finca Santiago y la Asociaci=F3n ind=EDgena I.S.N.A.T., con = sede en=20 Tartagal, exigen la normalizaci=F3n del Instituto Provincial del = Ind=EDgena de=20 Salta, IPIS, y que los fondos de la coparticipaci=F3n hidrocarbur=EDfera = (2%) sean=20 enajenados y se los deposite en el Banco de la Naci=F3n Argentina, para = ser=20 administrados por los propios beneficiarios.

Consejo de Coordinaci=F3n de las organizaciones de los Pueblos = Ind=EDgenas de=20 Salta , COPISA (Guaran=ED, Wich=ED, Chorote, Toba, Chulup=ED, Chan=E9), = con sede en=20 Tartagal, solicita urgente intervenci=F3n para la obtenci=F3n de los = t=EDtulos de las=20 tierras que ocupan en la zona de los Departamento San Mart=EDn y = Rivadavia Banda=20 Norte y Sur de la regi=F3n Chaco Salte=F1o.

Reserva Natural de General Pizarro, Departamento Anta, Salta, de = 25 mil=20 300 hect=E1reas, creada en 1995, fue desafectada, dividida en siete = lotes y en=20 menos de 24 horas (el 24 de junio de 2004) el gobierno le entreg=F3 = todas las=20 tierras a tres empresas distintas, todas dedicadas a la explotaci=F3n=20 agr=EDcola-ganadera. El Gobernador de Salta, Juan Romero, autoriz=F3 = esto con un=20 proyecto de ley que envi=F3 en marzo a la C=E1mara de Diputados de la = provincia de=20 Salta, en que argumenta que necesita obtener recursos para pavimentar = rutas=20 provinciales, y dar las tierras en licitaci=F3n para la producci=F3n de = soja. Los=20 legisladores aprobaron el proyecto. Se trata de los lotes Fiscales = N=B032 con=20 catastro N=B08373, y Lote Fiscal N=B033 con catastro N=B08375 donde = viven=20 ancestralmente comunidades originarias wich=EDs, kollas y desde hace = d=E9cadas miles=20 de campesinos, son cerca de 3.000 habitantes. Se han hecho = presentaciones=20 legales por parte de los apoderados de los hermanos Wichi, por = violaci=F3n a los=20 derechos de la Constituci=F3n Argentina. Adem=E1s la reserva constituye = uno de los=20 =FAltimos remanentes del bosque nativo de yungas (la llamada selva de = monta=F1a, o=20 selva nublada, vinculada con la cordillera de los Andes), que ser=E1 = arrasado por=20 las empresas en busca de la expansi=F3n de la frontera=20 agr=EDcola-ganadera.

Provincia Chaco

Asociaci=F3n Meguexosochi En cumplimiento del Pacto o Tratado de = Pampa del=20 Indio entre el Estado Nacional y el Jefe Toba Taygoyi en 1923, se = reconoce al=20 pueblo Toba del Norte 150.000 hect=E1reas de tierras en el Teuco = Bermejito. Este=20 pueblo, luego de largas luchas para obtener la titulaci=F3n consigui=F3 = solamente=20 que, el Gobierno de la Provincia del Chaco en 1999, otorgara a favor de = la=20 Asociaci=F3n MEGUESOXOCHI, un t=EDtulo precario de usufructo vitalicio, = reteniendo=20 la nuda propiedad el Estado provincial. Por otro lado, como quienes = tienen el=20 usufructo son quienes pertenecen a la asociaci=F3n, se han generado = muchos=20 conflictos con los miembros de las comunidades que no pertenecen a ella. = Finalmente, la relocalizaci=F3n de las familias criollas de la zona que = deb=EDa=20 efectuarse en el plazo de cinco a=F1os no se ha concretado.

Comunidad QOM de Miraflores Pese a que en el a=F1o 1931 fueron = reservadas=20 10.000 hect=E1reas en la actualidad s=F3lo cuentan con 3.800. Sin = consulta previa a=20 las comunidades, en el a=F1o 2002, el presidente del Instituto de = Colonizaci=F3n,=20 decidi=F3 otorgar dos lotes de escaso valor a la comunidad a cambio de = una=20 superficie igual que pertenec=EDa a la reserva. Actualmente no tienen = t=EDtulo de=20 propiedad.

Venta de cementerio ind=EDgena Toba El Gobierno de la Provincia de = Chaco vendi=F3=20 las tierras donde se encontraba el cementerio aborigen de la Colonia Sol = de Mayo=20 a un particular, quien no dudo en arar la tierra para sembrar soja. Este = acto=20 fue profundamente repudiado por la comunidad, quienes realizaron = reclamos y=20 solicitaron la devoluci=F3n de los restos de sus antepasados. El titular = del=20 dominio les respondi=F3 que los restos no ser=EDan restituidos porque = =E9l era due=F1o=20 tanto de la tierra como de lo que se encontraba en ella. En la = actualidad, en=20 Argentina, no existen normas que resguarden los lugares sagrados, y = sancione la=20 profanaci=F3n de tumbas de las Comunidades.

Denuncian que la nueva ley de bosques 5.285 favorece el genocidio de = las=20 comunidades ind=EDgenas.- gracias a una modificaci=F3n de la ley = original=20 desaparecen los frenos para el desmonte del bosque=20 nativo.

Provincia de Formosa

Comunidades Pilag=E1s "El Descanso" y "Campo del Cielo" ubicadas = en la=20 localidad de Las Lomitas. El 16 de abril de 2004, la c=E1mara de = diputados de=20 Formosa, aprob=F3, fuera de temario y sobre tablas, el = proyecto=20 del poder ejecutivo provincial de expropiaci=F3n de tierras. La ley N=BA = 1439=20 declara de utilidad p=FAblica y sujetos a expropiaci=F3n la tierra donde = habita las=20 comunidades de Campo del Cielo y Kil=F3metro 30 de la etnia Pilag=E1 = (propietarios=20 de tierra con t=EDtulo definitivo) y otras 20 propiedades de familias = campesinas=20 de la zona aleda=F1a. Esto lo impuls=F3 el gobierno con la intenci=F3n = de llevar=20 adelante el

Complejo Hidrovial de la ruta provincial N=BA28 - Ba=F1ado La = Estrella=20 (Pr=E9stamo BID 1118-oc-ar), que fuera desestimado por la comunidad y = los=20 pobladores en la audiencia p=FAblica. Paralelamente el gobierno organiza = el s=E1bado=20 y domingo, desde la secretar=EDa de turismo provincial "El primer = encuentro=20 latinoamericano de culturas ind=EDgenas". =C9stas Comunidades tienen el = t=EDtulo de=20 propiedad comunitaria sobre sus tierras sin embargo no han sido = consultadas en=20 la elaboraci=F3n, dise=F1o del proyecto. La realizaci=F3n de =E9ste = proyecto va a=20 provocar la inundaci=F3n de casi todo su territorio, haciendo la = continuidad en el=20 mismo imposible. Ante los reclamos presentados ante la Naci=F3n, se = orden=F3 la=20 paralizaci=F3n de la obra, sin embargo la Provincia orden=F3 a la = empresa continuar=20 con las obras.

Comunidad Toba Nam Qom. El 16 de agosto 2003, la comunidad toba = Nam Qom=20 de Formosa fue atacada por 100 polic=EDas. Sin orden judicial, entraron = a la=20 comunidad en busca de abor=EDgenes acusados de la muerte de un = polic=EDa. Golpearon=20 y maltrataron a ni=F1os, mujeres y hombres. Varias mujeres ind=EDgenas = fueron=20 v=EDctimas de amenazas y vej=E1menes. Dos ni=F1as de seis y tres a=F1os = y una beba de=20 tres meses fueron abandonadas en su casa cuando los polic=EDas se = llevaron=20 detenidos a sus padres. Un anciano de 74 a=F1os fue obligado a = desnudarse y=20 permanecer de pie durante dos horas, sufriendo humillaci=F3n y = agotamiento f=EDsico=20 y moral. Una mujer vio como los polic=EDas sumerg=EDan a su esposo en un = pozo de=20 agua y a su suegro le enterraban la cara en el barro. Una vez instalados = en las=20 comisar=EDas, bajo amenazas y golpes fueron obligados a firmar sus = declaraciones.=20 Finalmente se encarcel=F3 a 8 hombres acusados de homicidio y = resistencia a la=20 autoridad. Fueron incomunicados y torturados. Algunos fueron = encapuchados con=20 hule que les tapaba la cabeza dificultando su respiraci=F3n mientras = eran=20 interrogados, exigi=E9ndoles declaraciones y oblig=E1ndolos a dar = informaci=F3n bajo=20 amenaza contra la vida de sus familiares. Uno de estas personas qued=F3 = con serias=20 lesiones en el t=EDmpano. Un ni=F1o de 10 a=F1os fue encerrado en un = calabozo y=20 tratado brutalmente por un grupo de polic=EDas.

Provincia de Misiones

Comunidad Yriap=FA El Gobierno de la Provincia de Misiones, = alegando la=20 necesidad de realizar un plan estrat=E9gico de desarrollo tur=EDstico y=20 modernizaci=F3n de servicios pretende despojar a la comunidad de la = tierra que=20 ocupa ancestralmente. En marzo de 2003, el Consejo Deliberante de la = ciudad de=20 Puerto Iguaz=FA adhiri=F3 al Plan Maestro Provincial, el que reserva = para la=20 comunidad tan solo 62 hect=E1reas de las 600 que viene ocupando desde = tiempos=20 inmemoriales. Frente a ello, la comunidad ha iniciado gestiones para = obtener la=20 titulaci=F3n por las 600 hect=E1reas. El 17 de diciembre de 2003 se = firma un acta=20 acuerdo entre la comunidad de Yriapu y el Gobierno de la Provincia de = Misiones,=20 por el cual el gobierno provincial se compromete a otorgar el titulo de=20 propiedad, dentro de los 60 d=EDas h=E1biles a contar desde la fecha del = acta y a=20 reconocer a la comunidad ind=EDgena de Yryap=FA la posesi=F3n y = propiedad ancestral de=20 265 hect=E1reas A Julio de 2004, el Gobierno de la Provincia de Misiones = no=20 cumpli=F3 con el acuerdo y no titulariz=F3 las tierras de la Comunidad. = Como=20 consecuencia de ello la comunidad ha sufrido intentos de desalojo e = inclusive el=20 incendio de algunas de sus viviendas. Existen insistentes versiones de = la=20 intenci=F3n del Gobierno para instalar sobre las mismas tierras = comprometidas un=20 megacomplejo tur=EDstico de unas 200 hect=E1reas.

Comunidad Kaa Kupe Actualmente en conflicto referente a la = titularidad de=20 la tierra con la Empresa Carva.

Comunidades Virgen Mar=EDa. Actualmente en conflicto referente a = la=20 titularidad de la tierra con Banco Macro.

Comunidades Kaaguy Poty, Ivy Pyta, Kapi=B4i Poty Actualmente en = conflicto=20 por la devoluci=F3n y titularizaci=F3n de sus tierras, 6144 hect=E1reas = ubicadas en el=20 Centro de la Provincia de Misiones, con la Universidad Nacional de la = Plata, con=20 sede en la Provincia de Buenos Aires.


Comunidad Pindo Poty = (Provincia=20 de Misiones). No tienen t=EDtulo de propiedad. Solo cuentan con un = permiso de=20 ocupaci=F3n.

Comunidad Jejy Actualmente en conflicto referente a = la=20 extensi=F3n de la tierra que ocupan con la Empresa "Papel Misionero". =

Comunidades De Tekoa Yma y Tekoa Kapi=EC Yvate Se = trata de=20 Comunidades Ind=EDgenas cuyo territorio fue declarado Reserva de la = Biosfera=20 "Yabot=ED" por la UNESCO, en la Provincia de Misiones sin consulta, = participaci=F3n=20 ni consentimiento. Las Comunidades Ind=EDgenas pese al hist=F3rico = reclamo, carecen=20 de t=EDtulo de propiedad de sus tierras. Su situaci=F3n se ve agravada = actualmente=20 con la autorizaci=F3n que dio el Gobierno a la Empresa Mocon=E1 Forestal = S.A., a=20 trav=E9s de su Ministerio de Ecolog=EDa, de deforestaci=F3n en el = territorio de las=20 Comunidades. Con el inter=E9s de continuar con esta actividad de = deforestaci=F3n de=20 toda la selva, el Gobierno Provincial plantea el desplazamiento de las=20 Comunidades de su territorio.

Comunidades YY Ovy, Yamand=FA y Tamandu=E1 La = comunidad vive en=20 una Reserva Natural de la Provincia de Misiones y no han sido = reconocidos los=20 derechos sobre su territorio. Tienen Conflicto sobre la propiedad de la = tierra=20 con la empresa Mocon=E1 S.A.

Comunidades Tekoa Ima y Kapii Ivate Tienen = conflictos=20 constantes con la Empresa Mocon=E1 Forestal S.A. quien destruye el = ambiente y=20 territorio que habitan.

Provincia de Santiago del Estero

Comunidad de Cazadores Alazampa En el mes de enero del corriente = ano=20 personas ajenas a la Comunidad ingresaron al territorio de la Comunidad. = La=20 Comunidad fue intimada a desalojar su territorio y se iniciaron las = obras para=20 la construcci=F3n de hornos para la producci=F3n de carb=F3n, la cual = ser=E1 llevada a=20 cabo con los recursos naturales de uso de =E9sta Comunidad. Ante esta = situaci=F3n la=20 Comunidad intent=F3 interponer acciones judiciales ante los tribunales=20 provinciales y federales, pero ambos se declararon incompetentes para = actuar en=20 la causa quedando de =E9sta manera totalmente indefensos

Provincia de Mendoza

Comunidades Huarpe Milcayac Si bien una ley mendocina = reconoci=F3, en el=20 a=F1o 2001, la preexistencia =E9tnica y cultural de este pueblo, la = fiscal=EDa de=20 Estado interpuso una acci=F3n de amparo por inconstitucionalidad de la = ley y la=20 Corte Suprema hizo lugar a la medida de no innovar interpuesta, = ordenando al=20 Ejecutivo que se abstuviera de aplicar algunas normas de la ley. = Actualmente=20 funciona una Comisi=F3n integrada por funcionarios provinciales y = municipales,=20 para dilucidar los puntos en controversia, a la cual no fueron invitados = los=20 representantes de las comunidades. Recientemente las once comunidades se = presentaron y fueron admitidos como terceros en el proceso judicial y se = espera=20 que se resuelva el pedido de reanudaci=F3n del procedimiento. =

Comunidades Huarpe de Huanacache La Provincia no ha cumplido = con su=20 obligaci=F3n de mantener una cuota ecol=F3gica de agua en el R=EDo = Mendoza con el fin=20 de que se mantengan las lagunas del complejo lagunar de Huanacache. Por = otro=20 lado, el INAI ha entregado becas para educaci=F3n secundaria en forma=20 discrecional, sin consulta previa y sin tener en cuenta las formas = organizativas=20 de la comunidad.

Provincia de Neuqu=E9n

Comunidad Mapuche Marifil Se trata de una comunidad que ocupa en = forma=20 ancestral de territorio en la zona de Picun Leufu, mientras que el = titular=20 formal del inmueble Sr. Lamolla reclam=F3 su derecho de propiedad a = mitad del=20 siglo pasado. As=ED se lleg=F3 a establecer, con un fallo de la C=E1mara = de=20 Apelaciones de Bah=EDa Blanca, que los derechos debatidos = correspond=EDan a la=20 Comunidad Marifil. Sin embargo, con posterioridad a este fallo, ni la = Provincia=20 de Neuquen ni otra autoridad despleg=F3 ning=FAn tipo de actividad = administrativa=20 tendiente al otorgamiento del t=EDtulo a la Comunidad. En el a=F1o 1992 = la Provincia=20 inici=F3 un juicio de ejecuci=F3n por cobro de impuestos contra la = Lamolla y en ese=20 marco, el inmueble es subastado, sin hacer notar el martillero actuante = la=20 ocupaci=F3n de la comunidad (indica que se encuentra "libre de = ocupantes"), de=20 modo que no se notifica a la comunidad Marifil, ni se le permite = participaci=F3n.=20 Los adquirentes en la subasta vendieron a su vez sus derechos sobre el = remate a=20 una empresa Financiera, (Coprocal) aunque no han podido a=FAn tomar = posesi=F3n del=20 inmueble justamente por la realidad de la ocupaci=F3n del campo rematado = como=20 "libre de ocupantes".

Comunidades Mapuche Felipin Deben soportar el tendido de = alambrados sobre=20 el territorio que ocupan ancestralmente por parte de la Sra. Marta = Pesqueira.=20 Adem=E1s, actualmente aunque la comunidad tiene posesi=F3n permanente y = ancestral de=20 veranada un particular que pretende correr los lindes de la comunidad = para=20 inscribirlos a su favor. El Sr. Ondetti tiene titularidad registral, = obtenida=20 con mensura aprobada y sin posesi=F3n en los lugares reservados a la = comunidad.=20

Comunidades Painemil y Kaxipayi=F1 del Pueblo Mapuche. En el = a=F1o 1998 la=20 comunidad Kaxipa=F1in, logr=F3 el reconocimiento de su personer=EDa = jur=EDdica y la=20 propiedad de las tierras que ocupan. Pese a ello no logr=F3 impedir la=20 instalaci=F3n, en parte del terreno, de la planta de gas de la empresa = Mega. A=20 partir de la instalaci=F3n de esta empresa las comunidades sufren la = contaminaci=F3n=20 constante de las napas fre=E1ticas y de los caminos de tierra que se = utilizan en=20 la zona con "agua de purga", raz=F3n por la cual se les otorg=F3 una = compensaci=F3n=20 econ=F3mica. No obstante, como la contaminaci=F3n continua la = Defensor=EDa de Menores=20 de la Provincia present=F3 una denuncia ante la Comisi=F3n = Interamericana de=20 Derechos Humanos. En marzo de 2001 los miembros de la comunidad = realizaron una=20 denuncia ante la empresa Repsol YPF respecto de las contaminaciones y = por la=20 instalaci=F3n de nuevas obras y ca=F1er=EDas en forma inconsulta pese a = la vigencia=20 del acuerdo relativo a que la instalaci=F3n de nuevas obras deb=EDa ser = aprobada por=20 las autoridades Mapuche a trav=E9s de la Comisi=F3n de Control y = Vigilancia. Pero,=20 la situaci=F3n es m=E1s grave a=FAn porque la empresa, en forma = unilateral, decidi=F3=20 desactivar esta Comisi=F3n.

Comunidad Gelay Ko Desde 1956, la Comunidad Mapuche Gelay Ko, en = la=20 provincia de Neuqu=E9n sufre la contaminaci=F3n petrolera. Se han hecho = 23 pozos=20 para extraer petr=F3leo crudo. Muchos de =E9stos, est=E1n a cielo = abierto, (en la=20 meseta Barda Negra- lotes 30 > y 31) y las familias Mapuche han = perdido=20 muchos animales. Actualmente la empresa Alberta Energy Company Argentina = S.A., a=20 qui=E9n =FAnicamente le interesa el petr=F3leo, ventea el gas que sale = de los pozos y=20 contamina de forma permanente el aire. Los ruidos de las explosiones = afectan los=20 o=EDdos y hacen temblar la tierra, a metros de las casas. El agua = escasea y est=E1=20 contaminada la napa fre=E1tica; cada quince d=EDas, desde Zapala, les = llevan 200 o=20 300 litros para consumo familiar. La gente sufre irritaci=F3n en los = ojos,=20 problemas respiratorios y debilitamiento generalizado en el cuerpo. =

Comunidades Painemil y Kaxipayi=F1 del Pueblo Mapuche Estas = comunidades,=20 cuya descripci=F3n general hemos efectuado en el punto anterior, = debieron=20 denunciar penalmente, en el mes de junio de 2001, al Gobernador de la = Provincia=20 de Neuqu=E9n por incumplimiento de una sentencia judicial que oblig=F3 = al Poder=20 Ejecutivo a proveer de agua potable a los residentes en Loma de la Lata = y a=20 realizar el seguimiento m=E9dico de los ni=F1os ind=EDgenas, para = determinar los=20 niveles de contaminaci=F3n, con metales pesados, en su sangre. = Posteriormente, los=20 integrantes de las comunidades cortaron las rutas de acceso a la empresa = instalada con el fin de que sus reclamos fueran escuchados. A ra=EDz de = ello, en=20 el mes de octubre fueron reprimidos, sin orden judicial alguna, y = encontr=E1ndose=20 en el lugar mujeres embarazadas y ni=F1os.

Provincia de Chubut =

Comunidades Mapuche Huisca-Antieco Durante el a=F1o 2001, la = empresa minera=20 Meridian Gold ingres=F3 a las tierras que ocupan pese a la negativa de = las=20 autoridades de la comunidad y realizaron actividades de prospecci=F3n = minera sin=20 consulta previa. Como consecuencia de la denuncia realizada por la = Comunidad y=20 su negativa a aceptar la exploraci=F3n minera, la empresa desisti=F3 de = su pedido=20 ante la autoridad de aplicaci=F3n. Sin embargo la Direcci=F3n de = Miner=EDa no=20 desarroll=F3 ning=FAn mecanismo que contemple para el futuro el caso de = las=20 prospecciones mineras en comunidades ind=EDgenas.

Comunidad Mapuche Lago Rosario En lo =FAltimos a=F1os han sido = vendidas=20 tierras a extranjeros que han usurpado a trav=E9s de esas ventas = espacios=20 territoriales ancestralmente utilizados por la Comunidad. Asimismo, = algunos de=20 estos nuevos propietarios est=E1n modificando gravemente la identidad = del lugar,=20 construyendo grandes Posadas y otras edificaciones destinadas a = actividades=20 relacionadas con el Turismo Internacional, en una forma absolutamente = divorciada=20 con la identidad de la Comunidad Mapuche. Actualmente se encuentran en = conflicto=20 con la empresa "Arauco Truchas SRL" por la contaminaci=F3n que la = actividad de=20 cr=EDa de peces de esta empresa produce al lago, lo que est=E1 generando = diferentes=20 enfermedades en la poblaci=F3n Mapuche y en sus animales. Estas = actividades=20 cuentan con un cuantioso apoyo econ=F3mico del Gobierno de la Provincia = del=20 Chubut, que no realiza ning=FAn control ambiental sobre la actividad. La = Comunidad=20 ha denunciado estos hechos y manifestado reiteradamente su = disconformidad con=20 estas situaciones en distintos =E1mbitos Institucionales y = period=EDsticos, sin que=20 hasta ahora haya podido revertir la situaci=F3n. De continuar este = estado de=20 cosas, poco a poco se ir=E1 deteriorando seriamente la identidad y la = salud de la=20 Comunidad, as=ED como sus posibilidades de desarrollo humano.

Comunidades Mapuche Vuelta del R=EDo y Ranquil Huao Tienen = distintos=20 conflictos sobre la tierra que ocupan ancestralmente, en la Provincia de = Chubut,=20 porque parte de sus territorios fueron entregados, en el a=F1o 1963, a=20 comerciantes pertenecientes a la localidad "El Mait=E9n" Dpto Cushamen. = Existen=20 causas judiciales penales iniciadas contra los integrantes de las = comunidades=20 por el delito de usurpaci=F3n y otras civiles reclamando las tierras=20 tradicionales. En el mes de marzo de 2003 se resolvi=F3 el desalojo = preventivo de=20 la familia ind=EDgena Ferm=EDn, el que fue llevado a cabo por = funcionarios=20 policiales que destruyeron la casa y las pertenencias de la familia. En = algunas=20 declaraciones a la prensa, integrantes de la comunidad explicaron que = "Cuando=20 todas las pruebas presentadas por la familia Ferm=EDn y la comunidad = Vuelta del=20 R=EDo confirman nuestros derechos sobre el lote que ocupa = ancestralmente, el Juez=20 Colabelli legitim=F3 la usurpaci=F3n alegando derechos inexistentes de = Jos=E9 Vicente=20 El Khazen sobre nuestro territorio (...). Si la medida judicial se = concreta la=20 familia desalojada queda obligada a vivir a la intemperie "en la ladera = de los=20 nevados cerros, cuando el invierno ha llegado." (Cfr. Contin=FAan los = intentos de=20 desalojo a familia Ferm=EDn en http://www.mapuexpress.net/publicaciones/comunicados/desalojo-fer= min3.htm, 08/07/03). Actualmente, hay un juicio ejecutivo = en curso=20 iniciado por el Banco del Chubut, que pretende rematar parte de un Lote = ocupado=20 comunitariamente por las familias, merced a que la Provincia entreg=F3 = t=EDtulos de=20 Propiedad sobre la tierra a particulares no Abor=EDgenes, que = posteriormente=20 solicitaron pr=E9stamos al Banco y no los restituyeron.

Comunidad Mapuche-Tehuelche Prane Esta comunidad mantiene un = conflicto=20 desde hace varias d=E9cadas con el Ejercito argentino, por la tenencia = de la=20 denominada legua 4, ubicada en la reserva Mapuche de Nahuelpan, a 15 Km. = de la=20 ciudad de Esquel. Durante el transcurso de estos a=F1os la comunidad = Prane, debi=F3=20 soportar desalojos de sus tierras, matanzas y robos de sus animales de = crianza=20 por parte del ejercito argentino. Esta situaci=F3n fue denunciada a los = sucesivos=20 gobiernos, de los cuales jam=E1s obtuvieron respuestas. En 1999 antes de = finalizar=20 su mandato el presidente Menem anunci=F3 la firma de un decreto = presidencial=20 devolviendo las tierras a la familia Prane, sin embargo ese decreto = nunca se=20 redact=F3. Actualmente hay una acci=F3n Reivindicatoria en curso = iniciada por el=20 Estado Nacional =96 Ej=E9rcito Argentino contra la Comunidad Tehuelche, = radicada en=20 el Juzgado Federal de Bariloche.

Matrimonio Mapuche de Rosa R=FAa Nahuelquir y Atilio Curi=F1anco. = Rosa R=FAa=20 Nahuelquir y Atilio Curi=F1anco debieron soportar, a fines de mayo de = 2004, un=20 proceso oral y p=FAblico en la ciudad chubutense de Esquel, acusados del = delito de=20 "usurpaci=F3n". Este proceso se origin=F3 a ra=EDz de una denuncia = presentada por la=20 empresa Compa=F1=EDa Sud Argentino Sociedad An=F3nima, cuya due=F1a es = la textil=20 italiana Benetton. Esta empresa es propietaria de extensas superficies = de=20 tierras en el sur de nuestro pa=EDs, y pretende hacer valer derechos de = propiedad=20 sobre el predio identificado como cuadrado Santa Rosa, que tiene una = superficie=20 de 534 hect=E1reas y que habitan en forma ancestral los integrantes de = esta=20 familia mapuche. El juez penal, antes de expedirse sobre la culpabilidad = del=20 delito, a pedido del demandante, los desaloj=F3 preventivamente. Si bien = finalmente el matrimonio fue declarado inocente, en relaci=F3n con el = planteo=20 civil de los actores, quienes le solicitaron al juez que tambi=E9n que = se=20 expresara sobre la propiedad de las tierras, =E9ste resolvi=F3 la = entrega definitiva=20 a la empresa, considerando los t=EDtulos alegados por la actora que = datan de=20 1.896, y se originan en una Donaci=F3n realizada por el entonces = Presidente de la=20 Naci=F3n Jos=E9 Evaristo URIBURU en un total de 900.000 has. = distribuidas en 10=20 estancias de 90.000 has. todas pertenecientes a la Compa=F1=EDa que en = un inicio=20 estar=EDa formada por Capitales Ingleses. La familia Mapuche est=E1 = demandando que=20 se realice una investigaci=F3n exhaustiva de los T=EDtulos alegados por = la C=EDa.=20 desde el Congreso Nacional, ya que los mismos son muy cuestionables = desde muchos=20 puntos de vista.

Comunidad Sep=FAlveda Paraje Buenos Aires Chico El 29 de = Abril de 2003=20 esta Comunidad Mapuche hizo una Denuncia a la Legislatura del Chubut, a = la=20 C=E1mara de Diputados de la Naci=F3n, a la Defensor=EDa del Pueblo del = Chubut, al=20 Defensor del Pueblo de la Naci=F3n, al Instituto Nacional de Asuntos = Ind=EDgenas, y=20 otros Organismos, por violaciones a sus Derechos como Pueblo Originario = por=20 actos y omisiones del Estado Provincial y del municipio de El Mait=E9n, = que otorg=F3=20 t=EDtulos de Propiedad a particulares sin respetar la posesi=F3n = ancestral de la=20 tierra y el territorio que mantiene la Comunidad en forma pac=EDfica e=20 ininterrumpida, en una superficie de 300 has. en la regi=F3n denominada = Buenos=20 Aires Chico, ubicada dentro de la jurisdicci=F3n de El Mait=E9n, = departamento=20 Cushamen, Provincia del Chubut. Dicha ocupaci=F3n fue iniciada por el = abuelo don=20 Enrique Sep=FAlveda en el a=F1o 1934. A lo largo de los a=F1os han = efectuado numerosas=20 mejoras en el predio, tales como forestaciones, chacras, frutales, = potreros,=20 viviendas, caminos, y poseen numerosos animales yeguarizos, vacunos, = ovejas y=20 cabras. En los =FAltimos a=F1os est=E1n siendo gravemente perturbados en = su posesi=F3n=20 por parte de estancieros de la regi=F3n, que pretenden quedarse con = parte de la=20 tierra que ocupan, o despojarlos totalmente. Estos hechos han sido = realizados=20 por las familias de H=E9ctor Repetur, quien fuera Diputado Provincial, y = m=E1s=20 recientemente, el Sr. H=E9ctor Guajardo, hermano del anterior Intendente = de la=20 Localidad de El Mait=E9n. Este =FAltimo act=FAa en forma personal y a = trav=E9s de un=20 apoderado, el Sr. Alberto Hemadi. Durante el a=F1o 2003 y el 2004 han = recibido=20 fuertes presiones de estos estancieros, acompa=F1adas de denuncias = penales sin=20 fundamento y procedimientos policiales manifiestamente ilegales, que los = obligaron a desarmar sus corrales, alegando que se encontraban en la = propiedad=20 de los Sres. Guajardo y Hemadi. La Comunidad tambi=E9n ha denunciado = estos=20 hostigamientos ante el Ministerio Fiscal de Esquel, sin obtener ning=FAn = resultado=20 hasta el momento.

Familia Mapuche Choyqueta =96 Cayulef. Esta familia ocupa en forma = familiar y=20 tradicional tierras en la regi=F3n de Reserva Mariano EPULEF, y est=E1 = sufriendo un=20 permanente hostigamiento judicial y policial a instancias de una familia = de=20 estancieros que pretenden desalojarlos. Durante los a=F1os 1996 y 1997 = fueron=20 objeto de denuncias falsas por robo de animales, robo de recados, venta = de=20 animales ajenos, etc. Estas denuncias fueron tramitadas ante el Juzgado = de=20 Instrucci=F3n del Dr. Jos=E9 Colabelli, y siempre terminaron = archiv=E1ndose por falta=20 de elementos probatorios. Estos hechos, acompa=F1ados por visitas = intimidatorias=20 de los estancieros en su vivienda, se fueron manteniendo hasta el d=EDa = 28 de mayo=20 del a=F1o 2002, fecha en que personal policial de la comisar=EDa de = Colan Conhu=E9=20 realiz=F3 un procedimiento, aprovechando su ausencia, mientras se = encontraban=20 trabajando en el campo. Al llegar el mayor de los hijos varones de la = familia=20 Cayulef Choyqueta, Jos=E9 Agust=EDn Cayulef a la casa, se encontr=F3 con = que faltaban=20 la mitad del techo, varios tirantes, maderas de dicha estructura y = algunos da=F1os=20 y faltantes de herramientas y objetos de una parte de sus mejoras, = destinadas al=20 resguardo de los animales en invierno. Al seguir los rastros de = veh=EDculos=20 descubrieron que los mismos llegaban a la comisar=EDa de Colan Conhu=E9. = Al pedir=20 explicaciones al jefe de la misma, oficial H=E9ctor Gonz=E1lez, les = manifest=F3 que=20 ellos hab=EDan producido el hecho y sostuvieron que hab=EDa sido = ordenado por el Dr.=20 Jos=E9 Colabelli, Juez de Instrucci=F3n del Tribunal Penal de Esquel. = Asimismo,=20 manifest=F3 que los materiales faltantes hab=EDan sido trasladados a la = comisar=EDa de=20 Esquel, dado que presuntamente una persona hab=EDa hecho una denuncia = por el=20 faltante de chapas en su establecimiento. Tuvieron que viajar a Esquel, = donde=20 despu=E9s de insistentes negativas por parte del Titular de la = Procuraci=F3n Fiscal,=20 Dr. Eduardo Falco, consiguieron radicar una denuncia penal, sin que = hasta ahora=20 se sepa qu=E9 providencias se han tomado ni tampoco se les han = restituido los=20 bienes secuestrados. Es importante mencionar que este pretendido = procedimiento=20 policial fue en realidad un desalojo encubierto, dejando parte de su = vivienda=20 totalmente desguarnecida en pleno invierno. Por otro lado, es de = destacar que=20 todos estos tr=E1mites judiciales, que nunca arriban a ninguna = soluci=F3n, los han=20 colocado en una situaci=F3n de permanente tensi=F3n, viajes infructuosos = y gastos=20 innecesarios; incluso cuando han tenido que viajar para someterse a=20 procedimientos interminables, el personal policial y los estancieros = aprovechan=20 para sustraer animales o causar da=F1os en las viviendas, corrales y = mejoras.=20 Actualmente hay un juicio reivindicatorio en la Justicia Civil iniciado = hace m=E1s=20 de un a=F1o por los estancieros contra toda la familia, y los = hostigamientos son=20 cada vez m=E1s intensos y frecuentes.

Comunidades Reserva Mariano = Epulef, Nahuelpan, Prane, Vuelta del R=EDo, Ranquil = Huau, F=FCta Huao,=20 Reserva Cushamen y Comunidades Tehuelche de la zona de la Meseta (Provincias de Chubut y = R=EDo Negro).=20 Sufren las consecuencias de la exploraci=F3n de numerosas minas de oro y = plata,=20 que distintas empresas est=E1n llevando a cabo en las provincias de = Chubut y Ri=F3=20 Negro y a quienes los gobiernos provinciales autorizan a desarrollar = tareas=20 contraviniendo las disposiciones legales.

Comunidad Motoco = C=E1rdena, Lago Puelo: en litigio con el Municipio de Lago = Puelo que=20 ha declarado "libre de ocupantes" el territorio de la comunidad. Esta = definici=F3n=20 del municipio se realiz=F3, sugestivamente, luego de la muerte por = apu=F1alamiento=20 de dos de los integrantes m=E1s ancianos de la comunidad. Estas tierras, = ocupadas=20 por las familias Mapuche m=E1s de 100 a=F1os, son ambicionadas por = empresarios=20 tur=EDsticos y madereros.

Comunidad Pill=E1n = Mahuiza, Corcovado, a 100 km. al suroeste de la ciudad de = Esquel:=20 sostienen un conflicto territorial con la Polic=EDa Provincial por la = tenencia de=20 150 ha. recuperadas en 1998 por el Lofche. Tambi=E9n se encuentran = movilizados por=20 la intenci=F3n del Estado de construir 5 represas que inundar=E1n buena = parte del=20 valle.

Tambi=E9n despierta preocupaci=F3n la = incursi=F3n de=20 empresas mineras trasnacionales en la zona de Sierra Colorada, ambas = ubicadas al=20 suroeste de la ciudad de Esquel, en el Boquete Nahuelpan, ubicado a 15 = km. de=20 Esquel, en la Reserva de Cushamen y en la Meseta Central. =

Provincia de R=EDo Negro =

Comunidad Trypan Anty Esta comunidad sufre hostigamientos y = persecuciones=20 que tienen origen en una cesi=F3n de parte de su territorio que la = Administraci=F3n=20 de Parques Nacionales realiz=F3 a favor del Ej=E9rcito Argentino en el = a=F1o 1930.=20 Pese a que legalmente solo es posible ceder la jurisdicci=F3n sobre esas = tierras=20 pero nunca el dominio porque =E9ste pertenece a la comunidad, el = Ej=E9rcito intent=F3=20 desalojar, en reiteradas oportunidades, a las familias. Los = hostigamientos son=20 constantes: en el a=F1o 1968 se produjo un primer desalojo, en 1983 se = inici=F3 una=20 causa penal por "usurpaci=F3n" contra un miembro de la comunidad quien,=20 finalmente, decidi=F3 abandonar su vivienda, posteriormente se orden=F3=20 judicialmente un nuevo desalojo. Como las comunidad se resisti=F3 = debi=F3 soportar=20 la quema de sus casas y la p=E9rdidas de sus animales. En el a=F1o 2000, = la=20 sentencia qued=F3 firme y existe una orden de desalojo que hasta el = momento no se=20 ha ejecutado.

Lof Casiano Desde 1930 los pobladores originarios del Paraje = Quetrequile,=20 Provincia de R=EDo Negro, entre ellos el Lof Casiano, reclaman el = reconocimiento=20 legal de las tierras que ancestralmente ocupan. En el a=F1o 1967, el lof = fue=20 desalojado por la familia Abi Saad, quien se apropi=F3 no s=F3lo de la = tierra sino=20 tambi=E9n de la hacienda, las mejoras, las m=E1quinas y las herramientas = de los=20 Casiano. En el a=F1o 1990, estando vigente la Ley Provincial Integral = del Ind=EDgena=20 N=BA 2287, la Direcci=F3n de Tierras y Colonias orden=F3 el desalojo de = Abi Saad,=20 reconociendo los derechos hist=F3ricos de los Casiano. Como esta = decisi=F3n no se=20 hizo efectiva, la familia decidi=F3 recuperar de hecho la tierra que les = pertenece. A partir de ese momento, sufrieron reiteradamente atentados,=20 intimidaciones, amenazas e insultos por parte de los Abi Saad y de su = puestero,=20 no s=F3lo en el campo sino tambi=E9n en el pueblo. Estos hechos pueden = constarse en=20 sucesivas denuncias y exposiciones policiales efectuadas por la familia. = Por su=20 parte, los Abi Saad iniciaron denuncias por usurpaci=F3n y hurto. En una = oportunidad, uno de los hijos de Alfredo Abi Saad fue condenado por el = delito de=20 da=F1o, por haber haberse presentado con pico y pala en el cementerio = del Lof=20 Casiano y haber destruido el m=E1rmol de la tumba de Valent=EDn Casiano, = removido la=20 sepultura y da=F1ado el ata=FAd.

El 14 de abril de 2003, el Consejo de Desarrollo de Comunidades = Ind=EDgenas=20 (CODECI), autoridad de aplicaci=F3n la ley provincial Integral del = Ind=EDgena,=20 mediante resoluci=F3n N=BA 13/03, declar=F3 que los territorios en = cuesti=F3n son=20 territorio del Lof Agust=EDn Casiano, por pertenecer al pueblo mapuche, = y=20 dictamin=F3 que pueden continuar en el territorio. Recientemente, los = Casiano=20 hicieron una presentaci=F3n ante el Fiscal del Estado en Viedma para que = se ordene=20 el desalojo de la Familia Abi Saad, se investigue la comisi=F3n de = lesiones=20 subjetivas, fraude, violencia y estafa procesal perpetradas por los = hermanos Abi=20 Saad para despojar al Lof Casiano de sus tierras y para que se paralice = la=20 adjudicaci=F3n de la venta de 2000 has del Cerro Mesa a Edgardo Abi Saad = hasta=20 tanto, ellos sean escuchados.

 

 

   
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