TODO SOBRE A.S.N.E.F

 

 

 

¿QUÉ ES LA A.S.N.E.F.?

 

Es la Asociación Nacional de Establecimientos de Financieros de Crédito, engloba a todas las Entidades Financieras de España y el grupo interpres ,  la mayor firma de informes comerciales cuyo registro se llama BDI.

 

Es un registro de datos relativos al cumplimiento o incumplimiento de obligaciones de pago, llamado vulgarmente, registro de morosos y obtienen sus datos de los acreedores, bancos y entidades financieras.

Las operadoras de telefonía y otras también están dadas de altas como Entidades Financieras ya que nos facilitan un crédito en forma de servicio.

 

Estos registros se regulan por la Agencia de Protección de Datos, Instrucción 1/1995 de 1 de marzo.

 

www.agenciaprotecciondatos.org

 

 

 

1.-ASNEF: ¿Cuándo me pueden incluir?

 

 

El primer paso para evitar ser incluido en la A.S.N.E.F., es pagar religiosamente nuestras facturas y cumplir nuestros compromisos de pago con las entidades financieras y otros.

 

Muchas veces, aún pagando, por diversos errores de los que no somos culpables nos incluyen en esta base de datos.

 

Para que nos puedan incluir la deuda debe ser cierta, vencida y exigible, que haya resultado impagada y que nos hayan requerido su pago.

 

El impago no puede ser incluido antes del cuarto mes de que se produzca y no pude permanecer en el registro mas de seis años desde la fecha de inclusión.

 

 

No tienen que tener nuestro consentimiento ni conocimiento, pero si que deben ser exactos y que respondan de la veracidad de la situación, si no se cumpliesen estos requisitos el responsable del registro esta habilitado para cancelarlos.

 

 

 

ASNEF: COMO SABER SI ESTOY INCLUIDO Y POR QUIÉN

 

La obligación de comunicar la inclusión en estos registros viene determinada por el artículo 29.2 de la Ley Orgánica.

 

El responsable de ASNEF nos debe comunicar en el plazo máximo de 30 días  nuestra inclusión, ofreciéndonos el derecho de recabar información sobre los datos recogidos en el fichero.

 

La notificación se dirige al último domicilio conocido del afectado, por ello muchas veces no se recibe esta comunicación, ya que los datos que se les facilita a ASNEF suelen estar desvirtuados o desfasados.

 

 

Otra forma bastante sencilla de saber si se esta incluido es dirigirse a una entidad bancaria (normalmente con nuestro banco) y al gestor de la misma (que tengamos confianza) y preguntárselo. Estos datos son confidenciales y todas las entidades financieras tienen acceso a ellos, y en teoría no los deben de facilitar. Es más no deben de mencionarlos como motivo a la hora de denegar un préstamo.

 

Si no tenemos tanta confianza en el banco, propondremos el estudio de un préstamo para comprarnos un coche (por ejemplo) y preguntaremos al gestor si cree que tendremos algún problema para su concesión .Lo primero que hará será pedirnos el DNI y mirará en todas las bases de datos de morosos. Un poco de ingeniería social no viene mal.

 

No obstante,  la Ley reconoce los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. Este último derecho, el más novedoso, permite al usuario oponerse a que sus datos sean recogidos y tiene como únicas excepciones los casos en que exista una ley que así lo permita (uno no puede oponerse a que Hacienda le investigue) o cuando medie una relación contractual (no puedo oponerme a dar mis datos a mi banco si este los necesita para gestionar mi préstamo o mi cuenta corriente).

 

Por ello nos dirigiremos al responsable del registro de la ASNEF, ejercitando nuestro derecho de acceso para que nos faciliten el origen de los datos, es decir quién y porqué se los han facilitado. Además nos debe de informar del uso que se haya hecho de dicha información y a las personas a las que se ha facilitado.

 

 

 

 

ASNEF: PERJUICIOS QUE OCASIONA EL ESTAR INCLUIDO

 

 

El perjuicio es nefasto. Cualquier financiación u operación financiera que necesitemos será denegada .Todos los bancos y financieras, operadoras de telefonía y otras, el primer estudio que realizan es filtrar al cliente ,con su DNI y nombre, acceden informativamente          a RAI, ASNEF, BDI, INCIDENCIAS JUDICIALES Y EXPERIEAN, entre otras.   

 

Normalmente si estamos incluido en cualquiera de estos registros nos denegarán nuestra solicitud: alta de teléfonos, tarjetas de compras, créditos,…, y lo peor es que en la mayoría de los casos no te dicen el motivo de denegación.

 

 

 

ASNEF: COMO CONTACTAR

 

ASNEF (www.asnef.com),  teléfono de atención 902300404, no obstante cualquier consulta debe realizarse por escrito a la siguiente dirección:

Aptdo Correos: 10.546. MADRID 28.080

 

Debemos enviar copia del DNI por ambas caras con domicilio actualizado , petición de información/rectificación/cancelación, así como todos los justificantes que documenten la inexistencia/veracidad de la deuda.

 

Por ello, lo más práctico para solucionar nuestros problemas y si nos urge (estamos a la espera de concesión de un préstamo o algo así), es intentar mediante un asociado a ASNEF (banco) conseguir información.

 

No nos dirán quién es exactamente, pero si datos que nos ayudaran a localizarlo (ejemplo):

 

cooperativa de crédito

préstamo

importe

fecha entrada

fecha actualización.

 

Ello nos indica que posiblemente se trate de un préstamo  Caja Rural que su cuarto impago coincide con la fecha de entrada en el registro, etc.

 

Estos datos van a ser fundamentales para solucionar nuestros problemas.

 

 

 

ASNEF: QUE HACER. INCLUSIÓN POR OPERADORA TELEFONÍA FIJA/MÓVIL O INTERNET. SOLICITAR LA BAJA

 

Parecen una plaga, es increíble cada día hay más gente en ASNEF por este motivo y lo peor es que se tratan de errores.

 

 

A la hora de solicitar el alta en cualquiera de estos servicios todo son facilidades (esto nos va a ayudar bastante), pero a la hora de cursar la baja todo son trabas y problemas.

 

Si somos clientes de cualquier operadora, debemos de ejercer nuestros derechos recogidos en la Ley de Protección de Datos Personales, solicitando el derecho de acceso y oposición a terceros, este se debe ejercer siempre mediante correo certificado con acuse de recibo al domicilio social de la empresa o domicilio expreso de dicha sociedad que tiene establecido en su contrato (ver la letra pequeña).

 

 

Así mismo, cuando quieres cursar una baja de algún servicio (que incluso muchas veces no hemos solicitado, sólo pedido información, etc.), y usas el teléfono, nos seguirán llegando las facturas y si  decides no pagarlas posteriormente, las comunicaciones de gestoras de cobro.

 

Así pues, deja el teléfono, antes del tercer mes de impago dirigir carta de baja, mediante certificado con acuse de recibo al domicilio social de la empresa con copia del DNI y firma reconocida por entidad bancaria, haciendo constar claramente el motivo, numero de contrato, DNI, etc. y que desde el día de la fecha no vais a asumir ningún cargo en dicho concepto.

Normalmente comunicarlo con unos 15 días de antelación de la fecha de baja efectivo, y guardar ese documento.

 

Cualquier comunicación entre dos partes de un contrato puede hacerse efectiva al domicilio social de la empresa y legalmente tiene toda la validez necesaria.

 

Ojo tenemos que realizar esto antes de la inclusión es ASNEF ya que la fecha de inclusión en ASNEF será  al cuarto mes.

 

Lo anteriormente expuesto no es una solución para salir del ASNEF pero si la hacemos previamente nos quitaremos de muchos problemas.

 

 

Una vez nos comunique ASNEF que hemos sido incluido por dicha empresa ejercitaremos nuestro derecho de acceso y rectificación al responsable del registro de la ASNEF, mediante correo certificado, adjuntando copia de la solicitud de baja que cursamos a la empresa de telefonía.

 

Este derecho lo podemos ejercitar tanto al acreedor como al responsable del registro .Si lo hacemos a este último, comunicará nuestra solicitud al acreedor (la empresa que nos incluyó) y si en diez días no ha recibido respuesta argumentada procederá a su cancelación cautelar.

 

Todos estos trámites son gratuitos, se debe adjuntar carta con DNI fecha, firma del solicitante.

 

Así mismo ,la denegación de la rectificación deberá ser motivada y se notificará en un plazo máximo de diez días.

 

El afectado puede denunciar esta situación ante la Agencia de Protección de Datos (A.P.D.).

 

 

www.agenciaprotecciondatos.org

 

Las empresas pueden ser sancionadas si incumplen la Ley de Protección de datos con multas desde los 601€ hasta los 601.000 €.

 

En esta web hay formularios  de denuncias y direcciones para enviarlos vía e-mail y fax .

 

También es aconsejable dirigirse directamente al acreedor (empresa), mediante escrito certificado con acuse de recibo, ejerciendo nuestro derecho de acceso y rectificación, informando que nunca hemos empleado sus servicios y nos informen quién les ha facilitado nuestros datos y los rectifiquen.

Indicando que en caso de no realizarse se denunciará este hecho ante la AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS.

 

Normalmente es frecuente que no tengan nuestro contrato por lo que deberán proceder a cancelar la deuda y darnos de baja en ASNEF.

(mediante este procedimiento he conseguido anular deudas reales de mas de 600 €.)

 

Si no proceden o si no nos contestan en un plazo máximo de treinta días, dirigirnos a ASNEF con el escrito anterior solicitando el derecho de acceso y rectificación (normalmente nos dará de baja) Y paralelamente a la AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS.

 

 

ASNEF: INCLUSIÓN POR ENTIDAD FINANCIERA, DESCUBIERTOS , TARJETAS DE CRÉDITO . SOLUCIONES

 

 

Si una entidad financiera nos reclama una deuda o nos ha incluido en ASNEF, empieza por:

 

Conocer qué Entidad es, ejerciendo nuestro derecho de acceso al registro del ASNEF.

 

Si la deuda no es real:

 

Mandar escrito al defensor  del cliente de esa Entidad (solicita sus datos en una oficina de la propia entidad o en su web) indicando que no reconocemos la deuda en cuestión solicitando el contrato de la cuenta o tarjeta de crédito.

 

Esta misma comunicación se puede hacer al domicilio social del Banco.

 

Normalmente en un 40% de los casos o no existen o se han extraviado, por lo que cancelarán la deuda y anotaciones en registros.

 

Si no has tenido esa suerte:

 

Solicita el acuse de recibo de las tarjetas.

 

Verifica muy bien el desglose de la deuda , normalmente se aplican tarifas no autorizadas por descubiertos, cuotas, etc.

 

Si no te convence la solución dada acude al Banco de España. www.bde.es

 

 

Si la deuda no es real:

 

Intenta llegar a un acuerdo con la entidad financiera, normalmente se llegan a acuerdos de pago de sólo el principal de la deuda en varios plazos.

 

 

 

 

UN ÚLTIMO CONSEJO:

 

SI TODO LO DEMAS FALLA RECURRE A UN BUEN ABOGADO PARA PLANTAR UNA DEMANDA JUDICIAL. LA SATISFACCIÓN FINAL MERECE LA PENA.

 

 

 

 

ASNEF: COMO PEDIR PRÉSTAMOS ESTANDO INCLUIDO EN ESTE FICHERO.

  

Es muy importante el poder justificar estas incidencias por escrito ya que normalmente, las entidades financieras las incidencias de pequeño importe justificadas no las tienen en cuenta: principalmente telefonía,  pequeños descubiertos en cuenta y otros.

 

Por ello es imprescindible siempre guardar qualquier documentación que en un futuro nos vaya a servir de utilidad: contratos de cuenta, alta se servicios, cancelaciones, etc.

 

Plantea el caso en varias entidades financieras y explica tu problema.

 

Normalmente, cuando no hemos podido justificar ese impago la solución pasa por otro tipo de financiación.

 

Hoy por hoy la baja en ASNEF a personas físicas es casi inmediata, normalmente en menos de una semana.

 

Si tenemos una estabilidad laboral medianamente aceptable, y solvencia patrimonial, y el motivo de la inclusión es que nuestra capacidad de pago no da para más o por algún problema puntual, mejor es solucionarlo, recurriendo a otro tipo de financiaciones, bien sea mediante capital privado o bien sea recurriendo a nuestra familia.

 

El capital privado es caro, son inversores que te prestan el dinero, normalmente con garantía hipotecaria refinancian todas tus deudas, aun estando incluidos en bases de morosos a unos tipos más bien alto. Con ello sales del paso y cuando ya no estás en ASNEF la cancelas con una financiación normal.

 

Si regularizamos el impago, en una semana no quedará rastro de nosotros en ASNEF, debemos aprovechar para una vez limpio, recurrir a otra entidad financiera (distinta de la que teníamos el impago) y refinanciar nuestras deudas ampliando plazo de la operación.

 

Normalmente las entidades financieras piden otro tipo de informe al Banco de España, este se llama C.I.R.B.E y aparecen todos los riesgos declarados(prestamos) superiores a 6000 euros en el sistema financiero nacional.  Es decir saben los prestamos que tenemos en otros bancos por un importe superior a 6000 euros, por ello juega esta baza.

 

REGULARIZA LAS CUOTAS IMPAGADAS Y VENCIDAS Y SOLICITA UNA NUEVA FINANCIACION ADECUANDOLA A TU CAPACIDAD DE PAGO ACTUAL.

 

 

 

GEOVERI 2003.

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