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2009 |
Tribunal Supremo.
Sala de lo Civil Sección: 1 Ponente:
JESUS CORBAL FERNANDEZ Nº Recurso:
2486/2004 -- Fecha: 23/07/2009
RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL. Infracción
de las normas legales que rigen los actos y garantías del proceso
cuando la infracción determinare la nulidad conforme a la ley o
hubiere podido producir indefensión y vulneración, en el proceso
civil, de derecho fundamental reconocido en el art. 24 CE (art.
469.1, 3º y 4º LEC). Denuncia previa (art. 469.2 LEC). Infracción
del art. 414 LEC por tener por no comparecida en la audiencia previa
de un juicio ordinario a un litigante que concurrió personalmente y
con asistencia de abogado. En tal caso no es preceptiva la
intervención o concurrencia, además, del procurador. La parte puede
asistir a la audiencia previa, bien personalmente, o bien mediante
procurador con poder para renunciar, allanarse o transigir. Nulidad
de actuaciones. Aplicación del principio de conservación de actos
procesales en la medida de lo posible (art. 230 LEC).
"La respuesta de
esta Sala es la de compartir la opinión que estima que si concurre
personalmente la parte no se requiere (tiene carácter facultativo)
la presencia del procurador, por lo que no cabe exigir como
preceptiva la asistencia de éste cuando lo haga la parte; aunque, en
todo caso, asista la parte, o el procurador, o ambos, es necesaria
la asistencia de abogado. Así se deduce, como argumento básico, de
la interpretación literal del art. 414 LEC , corroborada por los
elementos teleológico, sistemático e histórico de interpretación"
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2008 |
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- La
STS, 1ª, 5/11/2008, ponente Sierra Gil de la Cuesta,
explicita con claridad los límites del derecho al honor y su
conflicto con el derecho de defensa y la libertad de expresión
de un abogado. Alguien se sintió ofendido por las expresiones
vertidas en juicio por el abogado contrario; demandó;
desestimada en la instancia, fue admitida en apelación. El TS
casa la sentencia y nos dice que el "derecho de defensa en las
actuaciones judiciales tiene un contenido específicamente
resistente y es inmune a restricciones salvo aquellas que
derivan de la prohibición de utilizar términos insultantes o
vejatorios".
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Según reciente Sentencia del Tribunal Supremo. Sala de
lo Civil de fecha 24/07/2008
nº 4154/2008 -
Sección: 1 Ponente:
ROMAN GARCIA VARELA Nº
Recurso: 508/2002
- Desahucio por falta de
pago de una sola mensualidad de la renta, en
Desahucio de Local de Negocios pagada después de
presentada la demanda es suficiente para decretar del
mismo.
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2007 |
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Prioridad de señalamiento en los Juicios rápidos. Sentencia del Tribunal
Supremo14-06-2007 Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso. Recurso del
Colegio de Abogados de Málaga.
Prohibición de plantear ante el Juzgado de lo Penal la coincidencia de
señalamientos, presumiendo que el letrado ha renunciado a suscitarla si no
lo ha indicado previamente ante el Juez de Guardia antes de proceder al
señalamiento.
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2006 |
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2005 |
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2004 |
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